Compromiso Ambiental de la Organización. Comparación entre Modelos ISO 14001:2015 y EMAS III

Es habitual que a la hora de tomar la decisión de certificar el Sistema de Gestión Medioambiental en una organización, se generen dudas respecto a qué esquema de certificación tomar como referencia, al objeto de que sus resultados sean realmente beneficiosos para la propia organización y para el medioambiente.

Entre los más habituales, destacan la Norma ISO 14001 y el Reglamento EMAS como principales certificados que se aplican en distintos contextos sectoriales o territoriales.

Según esto, en el presente artículo se trata de abordar los pros y contras y las principales características de ambos modelos, con el fin de aportar información respecto a su conveniencia.

   

Principales Diferencias y Similitudes entre ISO 14001:2015 y EMAS:

· Cumplimiento de Legislación y Normativa: este es uno de los aspectos que tradicionalmente más controversia genera en los foros relacionados con el tema, ya que erróneamente en ocasiones se tiende a interpretar que al comparar ambos modelos, la ISO es más laica ya que no obliga al cumplimiento de legislación y normativa aplicable, lo cual no es correcto.

En este sentido, la principal diferencia entre ambos modelos reside en el órgano encargado de acreditar dicho cumplimiento, ya que en las organizaciones con ISO este coincidirá con la entidad que concede el certificado, mientras que en las que opten por EMAS será la Administración Ambiental Competente la encargada de verificar el cumplimiento de legislación y normativa ambiental que le aplique.

· Comunicación externa: mientras que en el caso de la ISO 14001:2015 es opcional la posibilidad de publicar a las distintas partes interesadas información relacionada con su desempeño ambiental, en el Reglamento EMAS se establece como requisito la elaboración y actualización de una “Declaración Medioambiental” en la que se contemple el resultado del desempeño ambiental de la organización en todos sus aspectos.

·  Ámbito: teniendo en cuenta la propia naturaleza de los modelos que se están comparando, un punto débil del Reglamento EMAS se relaciona con su limitación al territorio europeo, mientras que la ISO es aplicable a nivel internacional.

· Análisis Ambiental: mientras que el EMAS plantea como requisito la realización de una revisión medioambiental inicial antes de implantar el Sistema de Gestión, la ISO la plantea como voluntaria, considerando que puede ser útil para el posterior desarrollo del Sistema de Gestión.

· Aplicabilidad: en el caso de la ISO, es opcional que su certificación afecte a toda la organización o sólo a partes o actividades específicas de la misma, mientras que el EMAS sólo puede aplicarse a un “sitio, actividad u operación concreta” en la organización.

· Auditoría: en este aspecto, la principal diferencia entre ambos modelos radica en la periodicidad establecida, siendo esta de al menos 3 años en el caso de EMAS y opcional en el caso de ISO.

· Contenido Documental: en ambos modelos, de manera similar se establece una estructura a tener en cuenta en la implantación del Sistema de Gestión, estableciendo el Reglamento EMAS específicamente los requisitos adicionales a cumplir para su cumplimiento.

De manera general, se puede afirmar que ambos modelos proporcionan a las organizaciones beneficios relacionados con la puesta en valor de su imagen corporativa respecto a partes interesadas, facilitan y motivan la participación de los trabajadores en la mejora continua del desempeño medioambiental y generan oportunidades que permiten la intrusión en nuevos mercados.

Según lo expuesto, se puede afirmar que el Reglamento EMAS es más exigente respecto a algunos factores a tener en cuenta, como por ejemplo el nivel de información que la organización esté dispuesta a ofrecer al mercado y otras partes interesadas o el compromiso que se adquiere con los requisitos y resultados medioambientales de la actividad de la organización.

En conclusión, la implantación de un Sistema de Gestión Medioambiental en base a los requisitos ISO 14001:2015, se plantea como paso previo lógico que marque la tendencia para la posterior obtención de la verificación EMAS, sobretodo teniendo en cuenta el nivel de exigencia de la documentación relacionada con la “Revisión Ambiental”, la “Declaración Ambiental” y la “Comunicación Externa”.

 

Jorge Morales Rodríguez.

Consultor, Auditor y Geógrafo del Equipo de Luaces Consultores.